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Artículo 50 del AI Act: obligaciones de transparencia
Por Oliver Condurache, Cofundador, Klarframe · Actualizado
El artículo 50 del AI Act de la UE (Reglamento (UE) 2024/1689) establece obligaciones de transparencia para ciertos sistemas de IA y se aplica desde el 2 de agosto de 2026. Las empresas deben informar cuando una persona interactúa con una IA, como un chatbot o un agente de voz, salvo que sea evidente. Los proveedores de IA generativa deben marcar el contenido sintético de forma legible por máquina. Quien use deepfakes debe revelarlo, y quien use reconocimiento de emociones o categorización biométrica debe informar a las personas afectadas. El texto generado por IA sobre asuntos de interés público debe indicarse, salvo revisión humana con responsabilidad editorial.
¿Qué regula el artículo 50 del AI Act?
El artículo 50 del AI Act de la UE determina cuándo las personas deben saber que están tratando con inteligencia artificial. La norma forma parte del Reglamento (UE) 2024/1689, el Reglamento europeo de IA, y se aplica desde el 2 de agosto de 2026. A diferencia de las reglas para la IA de alto riesgo, el artículo 50 afecta a muchas aplicaciones cotidianas: chatbots en webs, asistentes telefónicos, avatares digitales, generadores de imagen y vídeo y textos generados por IA.
La idea es sencilla: quien habla con una máquina o ve contenido generado artificialmente debe poder reconocerlo. Según el caso, las obligaciones recaen en los proveedores, es decir, empresas que desarrollan un sistema de IA o lo comercializan con su propio nombre, o en los responsables del despliegue, es decir, empresas que usan un sistema de IA bajo su propia autoridad.
Según el artículo 50, la información debe darse como muy tarde en la primera interacción o exposición, de forma clara y distinguible, y teniendo en cuenta los requisitos de accesibilidad.
¿Qué obligaciones tienen proveedores y responsables del despliegue?
El artículo 50 contiene varias obligaciones que afectan a distintos roles y aplicaciones. A las empresas les ayuda asignar cada una de sus aplicaciones de IA a una de estas categorías:
- Interacción con personas (proveedores): los sistemas de IA que interactúan directamente con personas deben diseñarse para que estas sepan que interactúan con una IA, salvo que sea evidente para una persona razonablemente informada.
- Contenido sintético (proveedores de IA generativa): el audio, la imagen, el vídeo o el texto generados por IA deben marcarse en un formato legible por máquina y ser detectables como generados o manipulados artificialmente. Hay excepciones, por ejemplo para funciones de edición meramente asistivas que no alteran sustancialmente el contenido.
- Reconocimiento de emociones y categorización biométrica (responsables del despliegue): hay que informar a las personas expuestas del funcionamiento del sistema.
- Deepfakes (responsables del despliegue): quien genere o manipule imagen, audio o vídeo que se parezca a personas, lugares o hechos reales debe revelar que es contenido generado o manipulado artificialmente.
- Texto generado por IA (responsables del despliegue): el texto publicado para informar al público sobre asuntos de interés público debe indicarse como generado por IA, salvo que haya pasado revisión humana o control editorial y una persona o empresa asuma la responsabilidad editorial.
¿Qué significa el artículo 50 para chatbots, agentes de voz y avatares de IA?
Para chatbots, agentes de voz y avatares de IA interactivos, la obligación clave es informar de la interacción con IA. Un chatbot en la web debe dejar claro que responde una IA, por ejemplo en la propia ventana de chat y en el primer mensaje. Un agente de voz debe presentarse como asistente de IA al inicio de la llamada, porque por teléfono casi nunca es evidente si habla una persona o una máquina.
En los avatares de IA se juntan dos aspectos. Un avatar de vídeo que habla con visitantes y responde preguntas interactúa con personas y debe reconocerse como IA. Si además parece una persona real y existente, puede considerarse un deepfake, y entonces indicar que es contenido generado artificialmente es aún más importante. Para obras claramente artísticas, satíricas o de ficción, el artículo 50 prevé una obligación de transparencia más ligera que no debe dificultar la presentación de la obra.
En la práctica funciona bien una frase clara al inicio, como “Soy un asistente de IA de …”, junto con un aviso visible en la interfaz y una página de transparencia que explique dónde se usa IA y cómo contactar con una persona.
¿Cuándo hay que señalar los deepfakes y los textos generados por IA?
Según el artículo 50, los deepfakes deben revelarse siempre que un contenido de imagen, audio o vídeo generado o manipulado por IA se parezca a personas, objetos, lugares o hechos reales y pueda parecer auténtico sin serlo. Por ejemplo, vídeos publicitarios realistas con presentadores sintéticos o voces clonadas. Los gráficos puramente abstractos o las ilustraciones claramente estilizadas no suelen entrar en la definición de deepfake.
Para el texto generado por IA, la obligación es más limitada. Afecta a textos publicados para informar al público sobre asuntos de interés público, como noticias o artículos sobre temas sociales. Si ese texto ha sido revisado por personas y alguien asume la responsabilidad editorial, la obligación de indicarlo no se aplica.
Aparte de las obligaciones de los responsables del despliegue, los proveedores de IA generativa deben asegurarse de que sus resultados estén marcados de forma legible por máquina, por ejemplo con marcas de agua o metadatos. Si usas herramientas ya hechas, comprueba que el proveedor aplica esa marca y que se conserva.
¿Cuál es la situación actual de directrices, código de buenas prácticas y plazos?
La Comisión Europea ha acompañado el artículo 50 con directrices y un código de buenas prácticas. Según nuestra información a septiembre de 2026, la Comisión publicó en julio de 2026 las directrices finales sobre las obligaciones de transparencia. También se elaboró un código de buenas prácticas sobre la transparencia del contenido generado por IA, que describe medidas concretas de marcado y etiquetado y ha sido confirmado como medio adecuado para demostrar el cumplimiento. Adherirse al código es voluntario.
El llamado AI Omnibus, un paquete de modificaciones del AI Act, introdujo un periodo transitorio para el marcado legible por máquina del artículo 50, apartado 2: según nuestra información, para los sistemas de IA generativa que ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto de 2026, esta obligación se aplica a partir del 2 de diciembre de 2026. La obligación de informar de la interacción con una IA no se ve afectada y se aplica desde el 2 de agosto de 2026.
Las directrices, los códigos y los detalles pueden ajustarse todavía. Comprueba la situación actual directamente en la Comisión Europea y en el Diario Oficial de la UE antes de tomar decisiones.
¿Qué deberían hacer ahora las empresas y cómo aplica Klarframe el artículo 50?
Para la mayoría de las empresas, el artículo 50 se puede abordar con una revisión abarcable. Estos pasos ayudan a orientarse:
- Hacer inventario: ¿dónde usa la empresa IA que interactúa con personas o genera contenido?
- Aclarar el rol: ¿la empresa es proveedor, responsable del despliegue o ambos? Eso determina qué obligaciones se aplican.
- Diseñar avisos: informar de la interacción con IA al principio, con un lenguaje claro y accesible.
- Revisar contenidos: señalar imágenes, voces y vídeos de IA realistas y conservar las marcas de las herramientas.
- Ofrecer contacto humano: indicar una vía clara hacia una persona, por ejemplo correo o formulario.
- Documentar: registrar decisiones y avisos y actualizarlos cuando haya nuevas directrices.
¿Sustituye esta guía al asesoramiento jurídico?
Klarframe informa de las interacciones con IA tal como exige el AI Act de la UE. La asistente de IA Emma se presenta como IA, el contenido de imagen, audio y vídeo generado o modificado por IA que parezca real se señala junto al propio contenido, y quien prefiera hablar con una persona puede contactar con el equipo por correo o formulario. Los detalles están en la página de transparencia de Klarframe: https://klarframe.com/es/ki-transparenz. En los proyectos con clientes, como agentes de voz y avatares de vídeo, el aviso de IA forma parte del diseño de la conversación y de la interfaz.
Sin asesoramiento jurídico: esta guía resume el artículo 50 de forma general y según nuestro mejor conocimiento. No sustituye el asesoramiento jurídico individual ni el análisis de tu caso concreto. Si las obligaciones se aplican a tu empresa y cómo, debe aclararse con un abogado o con tu asesoría de protección de datos.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se aplica el artículo 50 del AI Act?
El artículo 50 del AI Act de la UE se aplica desde el 2 de agosto de 2026. Desde esa fecha, las empresas deben, entre otras cosas, informar cuando una persona interactúa con una IA. Según nuestra información, el marcado legible por máquina del contenido sintético tiene un periodo transitorio hasta el 2 de diciembre de 2026 para sistemas de IA generativa ya comercializados antes del 2 de agosto de 2026. Comprueba la situación actual en la Comisión Europea.
¿Hay que señalar como IA un chatbot en la web?
Sí, por regla general. El artículo 50 exige informar a las personas cuando interactúan con un sistema de IA, salvo que sea evidente. Por eso un chatbot en la web debe reconocerse claramente como IA como muy tarde en el primer mensaje, por ejemplo con un aviso en la ventana de chat. También conviene ofrecer una vía hacia una persona y una página de transparencia.
¿Tengo que señalar los artículos de blog generados con IA?
La obligación de señalar textos generados por IA del artículo 50 afecta a textos destinados a informar al público sobre asuntos de interés público. No se aplica si el texto ha sido revisado por personas o sometido a control editorial y alguien asume la responsabilidad editorial. En blogs corporativos con edición humana, la obligación a menudo no se aplica, aunque conviene revisar cada caso.
¿Qué es un deepfake según el AI Act de la UE?
Un deepfake según el AI Act de la UE es un contenido de imagen, audio o vídeo generado o manipulado por IA que se parece a personas, objetos, lugares, entidades o hechos reales y que puede parecer auténtico o verídico sin serlo. Quien lo utilice debe revelar, según el artículo 50, que ha sido generado o manipulado artificialmente. Para obras artísticas o satíricas se aplica una obligación más ligera.
¿Cómo aplica Klarframe las obligaciones de transparencia?
Klarframe informa de las interacciones con IA tal como exige el AI Act de la UE. La asistente de IA Emma se presenta como IA, el contenido realista de imagen, audio y vídeo generado por IA se señala junto al contenido y se puede contactar con una persona por correo o formulario. Los detalles están en https://klarframe.com/es/ki-transparenz. En proyectos con clientes, el aviso de IA forma parte del diseño de la conversación.
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